"Cuando vemos estas pequeñas comunidades estamos sintiendo el eco que atraviesa las montañas"

Columnas 19 de noviembre de 2020 Por Jorge Barrera
Última entrega de la investigación realizada por los estudiantes del Seminario de Derechos Humanos del IFD de San José y coordinado por el Profesor Jorge Barrera, sobre las comunidades guaraníes en el Uruguay.
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Guaraníes en el Uruguay y el derecho a la educación Por Jorge Barrera

Los Guaranies en el Uruguay y el derecho a la educación

No obstante, de modo cada vez más generalizado se está hablando del tema de la identidad, pero referido a grupos humanos considerados en su conjunto. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo Sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes de 1989, contempla el tema de la identidad bajo esta afirmación:

"Considerando que la evolución del derecho internacional desde 1957 y los cambios sobrevenidos en la situación de los pueblos indígenas y tribales en todas las regiones del mundo hacen aconsejable adoptar nuevas normas internacionales en la materia, a fin de eliminar la orientación hacia la asimilación de las normas anteriores; reconociendo las aspiraciones de esos pueblos a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico y a mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en que viven..."

Como consecuencia de lo anterior en el propio artículo primero, párrafo segundo, se expresa: "La conciencia de su identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente Convenio".

Este concepto de identidad indígena o tribal requiere de una integración, pues de aplicarse mal,  podría propiciar consecuencias discriminatorias.

El asunto, básicamente, debe regularse por el principio de que una diferencia entre dos grupos de personas, por el mero hecho de existir, no debe generar consecuencias ilegítimamente desfavorables para nadie.

Algunos criterios que pueden dar más contenido a ese concepto, se hacen referencia en el artículo 5, donde  dice que, al aplicarse el Convenio "...deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectivamente como individualmente...".

En el Artículo 7.1.  Se continúa de la siguiente manera: “Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que este afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.

Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente".

En cuanto a los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos, existe también una forma de determinar cuáles de estos son esenciales; pues el Pacto de Derechos Civiles y Políticos así lo ha definido, al postular la imposibilidad de suspenderlos incluso en los casos de declaratorias de emergencia.

Estos derechos son el derecho a la vida, la prohibición de la tortura, de las penas y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, que incluye el no ser sometido sin consentimiento a experimentos médicos o científicos, la prohibición de la esclavitud y de la servidumbre, el encarcelamiento por el solo hecho de no cumplir una obligación contractual, el reconocimiento a la personalidad jurídica, y la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

Otro de los temas importantes que trata el Convenio 169, en relación con el concepto de identidad de los pueblos indígenas, está contenido en su artículo decimotercero, expresa:

"Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular, los aspectos colectivos de esa relación."

Reflexiones Finales.

Sentimos  que estas pequeñas comunidades aborígenes que quieren conservar su identidad a pesar de ser avasallados por la imponencia  de la cultura occidental y su capitalismo institucionalizado como forma única de vida social y cultural, son sólo “una aguja en el pajar”, en resistencia moribunda.

Cuando vemos estas pequeñas familias y comunidades estamos sintiendo el eco que atraviesa las montañas, es sólo un pequeño sonido que llega a nosotros, es lo que queda, la levedad de una cultura guaraní gigante que compone a nuestro  pesar, parte de nuestras bases culturales. Ha comenzado a morir desde hace 500 años, con la conquista o el “descubrimiento” de los europeos sobre estas tierras. Creo que nosotros como gesto de acompañamiento moral, en su duelo, debemos por lo menos admitir sus derechos y aceptar que nuestra cultura no es la única que tiene una educación valedera. Debemos pues parar, observar y valorar la gran dignidad  de éstas personas que a pesar de todo quieren morir de pie.

Tal vez ahora mismo nos estén conquistando a nosotros, nos estén quitando nuestras costumbres y valores. Es entonces  momento de no perder la sensibilidad.

En el aspecto educativo, se pretende que la enseñanza responda a las necesidades de los pueblos, a su historia e idioma. Por lo tanto la educación para el niño indígena debería estar orientada a participar y generar posibilidades en su ámbito y también a nivel nacional.  En su mayoría, los programas de estudio actuales de todos los niveles educativos, excluyen la cultura de estas minorías indígenas así como también el derecho a aprender en su lengua materna. Se basa el sistema educativo en una cultura, la cultura hegemónica lo cual parece una forma de “sumisión” más que de “liberación” para estas minorías.

 

Bibliografía

Basini y Rodríguez, José (2010) Los únicos uruguayos Mbyá. En:

El Observador, Montevideo, 13 mar. 2010. http/www.elobservsdor.com.uy/noticia/94197/los-ultimosguaranies/ (consultado30.7.12)

Diario El País (2001) Uruguay, tierra guaraní. Pp.4-8, Suplemento que pasa, 19-05-2001. Montevideo

-(2001) En busca del monte perdido. Guaraníes en el Parque Lecoqc.pp. 10-11.

Sección El País Cultural. Nota de Leticia Feippe. Montevideo.

-(2002) El regreso de Vaimaca. Entrevista de Álvaro casal al Prof. Daniel Vidart, 7 abril 2002, Montevideo. 

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