Vida y obra de John Rawls

Columnas 09 de octubre de 2023 Por Jorge Barrera
John Rawls fue un filósofo estadounidense que revolucionó la filosofía política del siglo XX con su obra “Teoría de la justicia”, donde propuso una visión de la justicia basada en la libertad y la igualdad. Nacido en Baltimore en 1921, sufrió la pérdida de dos de sus hermanos por enfermedades contagiosas cuando era niño.
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Estudió en Princeton y se alistó en el ejército durante la Segunda Guerra Mundial, donde perdió su fe cristiana. Se doctoró en filosofía moral y fue profesor en Harvard durante cuatro décadas. Su pensamiento se inspiró en el contrato social de Hobbes, Locke y Rousseau, y en la ética de Kant. Su idea central era que los principios de la justicia debían ser elegidos por los individuos bajo un “velo de ignorancia”, sin saber cuál sería su posición social o económica. Así, se garantizaría la imparcialidad y el interés común. Rawls defendió el respeto a los derechos humanos, la distribución equitativa de los recursos y las oportunidades, y la participación democrática de los ciudadanos. Su obra ha sido ampliamente debatida y criticada, pero también ha sido una fuente de inspiración para muchos otros filósofos, sociólogos, economistas, juristas y cientistas políticos. Rawls murió en 2002, dejando un legado duradero en el campo de la filosofía política. 

El liberalismo político:

El liberalismo político es una corriente de pensamiento que defiende la libertad individual, la igualdad y el derecho a la propiedad como valores fundamentales. Se opone al poder absoluto del Estado y aboga por una sociedad basada en el respeto a la ley, el mercado libre y la democracia. El liberalismo tuvo su origen en el siglo XVII con autores como Locke, Montesquieu y Voltaire, y se consolidó en el siglo XVIII con la Revolución Francesa y la Independencia de Estados Unidos.

El resurgimiento del liberalismo

 Al comienzo de la segunda mitad del siglo XX, las ideas liberales habían perdido fuerza,  sin embargo, una obra fundamental de John Rawls: “Teoría de la justicia” (1971),  dio un nuevo impulso al pensamiento político liberal. Planteó una nueva visión de la justicia social y política, inspirada en la ética de Kant. Las tesis centrales de este libro se reflejaron en los terrenos de la filosofía, la economía, el derecho y la educación. 

De acuerdo con J. Rawls, los principios de la justicia tendrían que elegirse en condiciones de imparcialidad absoluta: Un grupo de personas que ignoraran cuál sería su lugar y origen, en una sociedad determinada,  podrían establecer principios justos de organización social; porque lo harían de manera imparcial. Propuso que los principios de la justicia debían ser elegidos por los individuos en una situación hipotética llamada “posición original”, en la que no conocieran su posición social o económica específica. De esta manera, se aseguraría que los principios fueran imparciales y reflejaran el interés común. Rawls defendió dos principios: el primero, que cada individuo tiene el derecho a la mayor libertad posible, compatible con la misma libertad para otros. El segundo, que la desigualdad social y económica es justa solo si beneficia a los más desfavorecidos. La teoría de Rawls generó un amplio debate en el campo de la filosofía política y moral, y sigue siendo relevante hoy en día.

La teoría de la justicia de Rawls

Rawls expresa en su obra “Teoría de la justicia”: 

“Si no supiéramos nuestra colocación social y productiva en la comunidad cuyos principios de distribución de la riqueza tuviéramos que determinar, elegiríamos imparcialmente; por eso, los principios de la justicia tendrían que ser establecidos bajo un “velo de ignorancia” (Rawls, 1978)

Este “velo” supone que no sabríamos si en esa sociedad seríamos: obreros o empresarios; profesionales o analfabetos; ricos o pobres; ignoraríamos, también, cuál sería nuestra raza; si seríamos nacionales o extranjeros; hombres o mujeres; ancianos, jóvenes , niños, o aun, seres por nacer; ignoraríamos, asimismo, si tendríamos relaciones afectivas o familiares con otros miembros de la sociedad, etc. La tesis de Rawls es que, en esas condiciones de ignorancia -y por tanto de imparcialidad-, cualquier grupo de personas racionales llegaría a un consenso al elegir dos principios de lla justicia.  

Los principio de justicia de Rawls

Un primer principio que diría: “Toda persona tiene igual derecho a un régimen plenamente suficiente de libertades básicas iguales, que sea compatible con un régimen similar de libertades para todos”(Ibid). Este primer principio de la justicia tendría que cumplirse cabalmente antes de acceder al segundo principio que dictaría: “Las desigualdades sociales y económicas han de satisfacer dos condiciones. Primera deben estar asociadas a cargos y posiciones abiertos a todos en las condiciones de una equitativa igualdad de oportunidades; y segunda, deben procurar el máximo beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad” (Ibid).

No es difícil ver que las condiciones de ignorancia respecto de la situación y contexto de los sujetos implicados en la determinación de los principios de la justicia, responde con rigor a algunas premisas kantianas. Para Kant,  las condiciones sociales y determinantes culturales no tienen peso alguno sobre los razonamientos y juicios morales, como no lo tienen las circunstancias de relación entre los sujetos, ni los lazos afectivos que puedan existir entre ellos. De la misma manera, otros postulados kantianos permanecen en el corazón de la propuesta rawlsiana: la letra del primer principio de la justicia y la advertencia de que éste tenga que cumplirse antes que el segundo, obedecen a los requerimientos de autonomía individual y libertad personal en que Kant asienta su tercera formulación del imperativo categórico. 

El velo de la ignorancia

El famoso “velo de ignorancia” de Rawls, que hace posible la justicia como imparcialidad y un contrato social justo, ha recibido todo tipo de críticas y objeciones dirigidas contra su carácter meramente hipotético y abstracto. Simplemente, para sus críticos, no tiene relación alguna con la política real. Eso está claro. Pero la justicia como imparcialidad, igual que otras premisas del contractualismo, consiste en dos partes: una interpretación de la situación inicial (el “estado de naturaleza” de los clásicos) y del problema de la elección que se plantea en ella, y un conjunto de principios sobre los cuales se supone habrá cierto acuerdo. El punto débil de Rawls no es ese sino, en todo caso, el supuesto acerca de los individuos que eligen esos principios de justicia.Ellos son seres libres y racionales. Obviamente, lo que no abunda en ninguna sociedad.

La justicia como equidad 

La justicia como equidad es el concepto central de la teoría de la justicia de John Rawls. Según esta teoría, la justicia se alcanza cuando las instituciones sociales y políticas son diseñadas para maximizar la libertad y la igualdad para todos los miembros de la sociedad. Rawls propone que los principios de la justicia deben ser elegidos por los individuos en una situación hipotética llamada “posición original”, en la que no conocen su posición social o económica específica. De esta manera, se asegura que los principios sean imparciales y reflejen el interés común. La justicia como equidad busca garantizar el respeto a los derechos humanos, la distribución equitativa de los recursos y las oportunidades, y la participación democrática de los ciudadanos. 

Criticas a la Teoría de la justicia de Rawls

Ahora bien, no pocas voces han señalado que el camino que abre Rawls en el pensamiento de las últimas décadas marca una prioridad respecto de la libertad en relación con la igualdad. Al margen de que esta afirmación pueda ser falsa, y que no sea necesariamente, con sus ideas de una democracia liberal, en los últimos años se han marcados vetas en el curso de los desarrollos teóricos en materia de filosofía política y de economía que ponen más atención a asegurar la libertad individual que a mirar por el bienestar de las comunidades y por la distribución equitativa de la riqueza. 

Numerosos desarrollos de la filosofía política y la economía suscriben utopías de Estados Mínimos en que las encomiables nociones kantianas de libertad y autonomía de las personas se decantan hasta exigencias de libertades extremas para otras esferas sociales, como las del mercado, por ejemplo. Muchas de estas perspectivas liberales extremas (que algunos califican de “libertarias” o “neoliberales”) suelen ser criticadas por quienes defienden la pertinencia de un Estado de Bienestar que se ocupe de las necesidades sociales y limite ciertas libertades en atención a la mejora de la equidad y la justicia social. 

Algunos autores han sugerido que la noción del Estado Mínimo a que acuden ciertas formas del liberalismo político y económico no pueden, sin traicionarse a sí mismas, evadir el principio de neutralidad y mantener alguna posición respecto de lo que debe entenderse por “bien común”. Sostienen que estos modelos de organización económica y política tienen que mantener una postura neutral que no responda a jerarquías axiológicas predeterminadas y que, por tanto, no son capaces de sustentar ningún proyecto colectivo que atienda a las necesidades de distribución equitativa de las sociedades contemporáneas. Estos autores suponen que, las nefastas implicaciones sociales de esos modelos liberales neutrales, respaldan sus principios en la ética kantiana que se ocupa de la forma, mientras se olvida de los contenidos axiológicos en el terreno de las deliberaciones morales. Así, mientras lo social se mantiene alejado de lo individual (porque, de acuerdo con Kant, el compromiso con la comunidad se ve reducido a lo que la consciencia personal dicte) no se resuelven los problemas concretos de la existencia colectiva. De este tipo de argumentos emergen propuestas alternativas. Por un lado, aquellas que, sin traicionar los principios kantianos, impulsan perspectivas diferentes, como es el caso de las propuestas de autores como O. Apel o J. Habermas, en la línea de la ética discursiva. Por otra parte, desde filas comunitaristas, Sandel también es crítico de Rawls, argumentando que el liberalismo rawlsiano presupone una concepción de la persona como un sujeto desvinculado de sus fines, valores y relaciones, lo que Sandel llama un “yo desimpedido” (unencumbered self). Sostiene, así mismo,  que esta concepción es incoherente, pues ignora la realidad social y moral del individuo, que está constituido por sus vínculos comunitarios y sus compromisos éticos. Este autor, en la linea aristótelica, propone una visión  de la justicia, que reconoce la importancia de la identidad y el bien común.

En el otro extremo, Nozick, desde una posición que podría llamarse ”libertaria” o “libertaria clásica”, rechaza el principio de la diferencia de Rawls, que permite la redistribución de los recursos para beneficiar a los más desfavorecidos. Para fundamentar esta distribución, Rawls, parte del supuesto de que los  talentos y habilidades son bienes sociales que deben ser compartidos: En cambio Nozick considera, que la propuesta de Rawls, viola los derechos de propiedad de las personas que han adquirido sus bienes de forma justa. Considera que  cada persona es dueña de lo que produce con su trabajo. Por otra parte, critica el velo de la ignorancia porque, según este autor, desconoce las diferencias en las preferencias de los seres humanos.

Reflexiones finales: El legado de John Rawls

En resumen, el legado duradero de John Rawls radica en su capacidad para influir en el pensamiento político moderno y en su capacidad para inspirar a otros filósofos a seguir explorando temas relacionados con la justicia social y política. Su obra sigue siendo relevante hoy en día y ha sido utilizada para analizar una amplia variedad de temas relacionados con la democracia, los derechos humanos y el multiculturalismo. 

Bibliografía

Rawls, J. (1978) Teoría de la Justicia. México: F.C.E 

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