Eutanasia, un enfoque médico, histórico y filosófico

Columnas 15 de julio de 2024 Por Jorge Barrera
En el marco de los seminarios de Educación en Derechos Humanos del IFD de San José se desarrolló, el día Miércoles 26 de junio, a la hora 18, en el salón de actos, un conversatorio con el título: “Eutanasia, un enfoque médico, histórico y filosófico”. La actividad estuvo a cargo de la Doctora Esther García y quien escribe este artículo: Prof. Mag. Jorge Barrera.
eutanasiajpg

Al abrir la actividad realicé el encuadre teórico desde donde se iba a desarrollar, a partir de la preparación previa en la que los estudiantes formularon más de doscientas preguntas relacionadas con el controvertido tema.

La doctora García utilizó como disparador la imagen de un mapa, tratando de mostrar “que el mapa no es el territorio”. Señalando:   “Todos en nuestra cabeza tenemos un mapa de lo que nos rodea, pero ese mapa no es lo que nos rodea, es nuestra interpretación del mundo que nos rodea, del mismo modo que un mapa no es un territorio, la opinión de una persona no es la verdad absoluta.

Se puso énfasis que en la jornada “no venimos a imponer nuestro mapa del mundo a los demás, venimos a abrir nuestras fronteras para expandir nuestro pensamiento.”

Fue así que realicé una aproximación al significado etimológico del término “eutanasia”, como morir bien, poniendo énfasis en que en virtud de  la dignidad humana se debe asegurar, a cada persona, una muerte digna e incruenta.  Se señaló que en eso todos podemos acordar, qué no es ese el motivo de la controversia, sino, que el problema está en otros aspectos.

La Doctora García lanzó una serie de preguntas para promover el diálogo, que fue muy fructífero:

¿Qué entienden ustedes por eutanasia? ¿Qué saben de la eutanasia? ¿Qué opinan sobre ella?

¿Quién debe decidir sobre la muerte de alguien? ¿El médico, el paciente, el familiar?  ¿Debe ser una decisión en conjunto? ¿Qué opinan?

A continuación se abrió un rico debate donde se desarrollaron, opiniones contrapuestas, todas apoyadas en sólidos argumentos.

La doctora García aportó también una perspectiva objetiva sobre la Eutanasia como concepto: «Acción u omisión que, por compasión, abrevia directamente la vida del paciente con intención de eliminar el dolor». Es intencional. No es una formulación valorativa, sino, descriptiva sobre el tópico en discusión.

Recordó que el tema es antiguo y que ya fue abordado por los clásicos como  Platón, Epicuro, entre otros filósofos. También fue motivo de consideración por el mismo Hipócrates, padre de la medicina, quien se refiere al concepto. Así mismo también aparece en libros antiguos como La Biblia.

A continuación, la doctora García,  se refirió a algunas definiciones que aceptadas, como la definición de la real academia española que expresa que se entiende por:  “Eutanasia: la Intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura. “

O también que la Eutanasia es: “el procedimiento médico que consiste en poner fin a la vida de una persona que padece una condición de salud irreversible y que solicita de manera clara e inequívoca la aplicación de este procedimiento”.

Posteriormente se diferencia la idea considerada de otros conceptos similares. Por ejemplo:

No se debe confundir el concepto con el de “muerte digna”, que está establecido en la

Ley 18335, Art. 17: “Todo paciente tiene derecho a un trato respetuoso y digno.”

Esto otorga el derecho entre otras cosas, a los seres humanos como personas que conocemos que hemos de morir a:

-Procurar evitar el dolor físico y emocional cualquiera sea la situación fisiológica o patológica.

-Estar acompañado durante la transición hacia la muerte.

Morir con dignidad, es un derecho humano fundamental  entendiendo dentro de este concepto el derecho a morir en forma natural, en paz, sin dolor, evitando en todos los casos anticipar la muerte por cualquier medio utilizado con ese fin (eutanasia) o prolongar artificialmente la vida del paciente cuando no existan razonables expectativas de mejoría (futilidad terapéutica), con excepción de lo dispuesto en la Ley Nº 14.005,(ley de donación de órganos) de 17 de agosto de 1971, y sus modificativas. E) Negarse a que su patología se utilice con fines docentes cuando esto conlleve pérdida en su intimidad, molestias físicas, acentuación del dolor o reiteración de procedimientos. En todas las situaciones en que se requiera un paciente con fines docentes tendrá que existir consentimiento. Esta autorización podrá ser retirada en cualquier momento, sin expresión de causa. Así mismo, que no se practiquen sobre su persona actos médicos contrarios a su integridad física o mental, dirigidos a violar sus derechos como persona humana o que tengan como resultado tal violación.

Otro concepto del que se debe diferenciar la eutanasia es el de suicidio asistido.

La diferencia con la eutanasia es básicamente en que en ésta, la muerte se lleva cabo por personal de la salud, mientras que en el suicidio asistido, la muerte la lleva a cabo el mismo paciente, quien es asesorado de cómo realizarlo.

Enmarcado el concepto,  se realizó un análisis de los diferentes tipos de eutanasia y una clasificación de los mismos:

1.Eutanasia voluntaria (manifestación explícita del paciente de su deseo de morir).

2.Eutanasia involuntaria (falta de la manifestación explícita del deseo de morir por parte del paciente).

3.Eutanasia activa (provocar la muerte por el agente).

4.Eutanasia pasiva (dejar morir al paciente).

Se aclaró que en el actual estado de derecho en nuestro País la Eutanasia no es legal y que está contemplada en el código penal:

En Uruguay la eutanasia se amolda a la acción típica prevista en el artículo 310 (homicidio) del CPU: «El que con intención de matar, diere muerte a alguna persona, será castigado con 20 meses de prisión a 12 años»

Lo que sí existe es la figura del homicidio piadoso, establecido en el Art. 37 del CPU. El mismo  establece que «Los jueces tienen la facultad de exonerar de castigo al sujeto de antecedentes honorables, autor de homicidio piadoso, efectuado por móviles de piedad, mediante súplicas reiteradas de la víctima»

No se han registrado muchos casos de esta figura jurídica, la que además requiere de determinadas condiciones:

Consideraciones en el homicidio piadoso

Debe ser «honorable» y no tiene por qué ser médico.

El sujeto pasivo debe tener «una situación de padecimiento objetivo», pero debe ser capaz de expresar «súplicas reiteradas»

El objetivo es dar muerte y el móvil debe ser la piedad.

La consecuencia penal es la facultad del juez actuante de exonerar del castigo (Perdón judicial).

A continuación se realizó un breve recorrido histórico filosófico, haciendo referencia a los cásicos como por ejemplo a  Platón en la República.

Para cerrar la jornada se presentaron dos casos prácticos para analizar:

Caso clínico 1

Paciente de SF, 70 años, buena situación socioeconómica, jubilada de profesión universitaria. Consulta por disnea. Padece ELA en etapa terminal. No puede respirar por debilidad muscular. No hay cura para su enfermedad. No hay tratamientos que mejoren significativamente su calidad de vida.

¿En esta paciente, sería justo que se implementara la eutanasia?

Caso clínico 2.

40 años embarazada, en consulta de control de embarazo se ve que el feto tiene una malformación cardíaca llamada hipoplasia de ventrículo izquierdo. Una malformación cardíaca severa. Alta mortalidad, alto grado de comorbilidades. Necesidad de múltiples cirugías.

¿Qué se hace? ¿Qué se ofrece? ¿Se realiza una interrupción del embarazo? ¿Se tiene al bebé y luego se le realizan cuidados paliativos? ¿Se intenta salvar la vida del bebé una vez nacido con cirugías? ¿Se realiza tratamiento a cualquier costo?

Caso clínico 2: parte 2

La madre decide tener a su bebé, decide que se le realicen todos los tratamientos que sean necesarios para intentar salvar su vida. Su bebé es sometido a múltiples cirugías y tratamientos invasivos y logra sobrevivir a lo largo de 12 años. Para esa edad ha sufrido

muchos padecimientos de salud y es necesario que se someta a una nueva cirugía, al igual que las otras, muy riesgosa.

La madre está dispuesta a realizar dicha cirugía, pese a los riesgos, porque sin ella la muerte es inevitable, pero ahora su hijo decide no realizarse más procedimientos.

¿Qué se hace? ¿Quién tiene razón? ¿La madre o su hijo? ¿Y si fuera al revés? ¿Y si fuera la madre quien no deseara más cirugías y tratamientos por considerarlos una causa de sufrimiento?

El tema no quedó cerrado, ni era la intención tomar posición, sino, abordar la cuestión desde una perspectiva científica y filosófica, para que cada uno pueda construir su posición con la mayor información posible.

Se procuró delimitar un mapa, pero, recordando que el mapa no es el territorio.

Te puede interesar