Artigas, la LUC y las colonias
“Dos pronunciamientos artiguistas resultan testimonios del radicalismo de esa primera etapa de la revolución oriental...” (la de Artigas). Las Instrucciones del año 13 y un... “Segundo pronunciamiento que expresa ese radicalismo: reglamento agrario de 1815. Buscaba reactivar la economía, solucionar problemas del campo y poblarlo”. (HISTORIA MINIMA DE URUGUAY, de Gerardo Caetano; cuarta edición 2020; capítulo 5 : Revolución, “patrias” e independencia).
A partir del contenido de los artículos 357 y 358 de la LUC y de planteos de la Rendición de Cuentas en tratamiento legislativo, impresiona que el actual gobierno lleva un curso muy diferente al artiguista, por lo menos en lo que a fomentar la distribución de tierras. Es necesario saber que muchos gobiernos uruguayos desconocieron las donaciones de tierras “confiscadas a malos europeos y peores americanos”. Asegura Caetano en su libro que “se reconoció siempre la legitimidad de los títulos de propiedad otorgados por los sucesivos gobiernos español, porteño, portugués, brasileño, así como los distintos gobiernos del período posterior a 1830, con igual persistencia se rechazaron una y otra vez las donaciones artiguistas como fuente de derecho...”. El historiador cita una hipótesis de Barrán y Nahum : ”se debía repudiar la confiscación de la propiedad privada, como origen de un nuevo derecho sobre la tierra...”.
Decisión absolutamente enfrentada al radicalismo del héroe: redistribuir la tierra para hacer que “los más infelices sean los más privilegiados...”.
Los tiempos de Artigas pasaron, pero no su germen de nación oriental sembrado en un ideario igualitario que no admitía medias tintas. Por algo se preparó contra el prócer a partir de 1815 la “sublime intriga” que, como expresa Gerardo Caetano ambientó la segunda invasión portuguesa. Por mentiras y ataques inmorales, el héroe se fue de su provincia. No huyó; se retiró perseguido por su ideario libertario, inconveniente para las oligarquías del momento.
Hoy día JOSE ARTIGAS preside las plazas principales de todas las ciudades y pueblos uruguayos, pero quienes conducen el país, aunque se digan artiguistas, dan señales de distanciarse de sus ideas.
El Reglamento de 1815 fue una norma de profundo contenido ideológico y fermental. La progresiva creación y funcionamiento de un sistema de distribución de la tierra laborable, se perfeccionó desde el siglo XIX en adelante. El proceso que culmina con la creación del Instituto Nacional de Colonización, tiene gran sentido artiguista, aunque no lo construyó sólo la izquierda que hoy lo defiende. El instrumento de “expropiación” sustituyó , agiornando, la confiscación artiguista, y la cantidad de colonias existentes son evidencia de su eficiencia.
Las triquiñuelas de los amigos del poder para quedarse con tierras que debían tener otros fines, han dejado huellas; como las contradicciones entre la necesidad de explotar parcelas y las dificultades para pagar la renta, que evidenciaron muchos colonos a través de la historia. Pero esos avatares no justifican que se legisle como lo que intenta la LUC; ni que se articulen trabas para impedir que el INC siga comprando tierras para el Estado.
Si el INC, Rendición de Cuentas mediante, se desfinancia y no puede comprar tierras para los que las trabajen, Artigas quedará aún más solitario en las plazas de los pueblos.