Justicia Internacional con raíces en el Sur Global

“Sin dignidad no hay libertad; sin justicia no hay dignidad;  sin independencia no hay hombres libres”   (Patrice Lumumba)

16/01/2026 Eduardo Mernies
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La crisis de legitimidad y la reconfiguración de la justicia internacional

Desde su creación en 2002 mediante el Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional (CPI) fue concebida como un hito histórico en la lucha contra la impunidad por los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y el crimen de agresión. Su promesa fundacional descansaba en neutralidad, universalidad e independencia frente a los intereses de los Estados más poderosos. Hoy, más de dos décadas después, la CPI atraviesa una profunda crisis de legitimidad, especialmente con África y, en general, con el Sur Global.

Esta crisis no es solo jurídica, sino profundamente política. Siguiendo la tesis del líder anticolonialista congoleño (Lumumba, 1960), la percepción de que la justicia internacional carece de dignidad e independencia erosionó la confianza de numerosos Estados y sociedades.

Una arquitectura anclada en un mundo unipolar

La arquitectura institucional de la CPI refleja un orden internacional obsoleto. Su gestión desde Europa, la financiación occidental y su dependencia política de potencias influyentes generan un desequilibrio estructural, que limita la igualdad entre los Estados. Como sostiene Manuel Godsin (2025), el historial de la Corte muestra un patrón insoslayable: una concentración abrumadora de casos africanos frente a la inacción o lentitud en procesos que involucran a Estados poderosos o a sus aliados estratégicos.

Este diseño institucional responde a una lógica heredada del mundo posguerra fría, caracterizado por la hegemonía occidental. En un contexto internacional cada vez más multipolar, esta configuración no garantiza justicia universal. La capacidad de algunos Estados para presionar, sancionar o intimidar a la CPI -como EE.UU. ante investigaciones sobre Afganistán- evidencia sus limitaciones para actuar con independencia (Godsin, 2025).

De la crisis de percepción a la crisis de legitimidad

Lo que comenzó como una crítica política derivó en una crisis de legitimidad profunda, reflejada en amplia desconfianza desde el continente africano. África no rechaza la justicia internacional; rechaza justicia selectiva y neocolonial. Godsin (2025) ilustra esta percepción mediante proverbios africanos que remiten a una experiencia histórica de subordinación, donde las reglas se aplican solo a quienes carecen de poder.

El dato es elocuente: para 2024, 47 de las 54 personas acusadas por la CPI eran africanas, pese a que África representa apenas una cuarta parte de los Estados parte del Estatuto de Roma (Godsin, 2025). Esta desproporción, combinada con la falta de consecuencias en casos como Irak, Afganistán o Palestina, desacredita a la Corte como árbitro neutral del derecho internacional.

La demanda persistente de justicia internacional

La demanda por justicia internacional no disminuyó. Por el contrario, las víctimas de atrocidades masivas continúan reclamando mecanismos eficaces de rendición de cuentas. El problema no es la idea de justicia penal internacional, sino la incapacidad de la CPI para aplicarla con neutralidad. Los crímenes de Netanyahu y Gallant son claro ejemplo.

En este escenario, la Organización de las Naciones Unidas, incluso debilitada, sigue siendo el único marco representativo a escala global. A diferencia de la CPI, la ONU permite la participación universal de los Estados y ofrece un espacio donde la legitimidad deriva de la inclusión, no de la adhesión selectiva.

 El derecho del Sur Global a construir alternativas

Adam Branch (2018) subraya que las iniciativas africanas para desarrollar tribunales regionales no deben interpretarse como un rechazo al derecho internacional, sino como una respuesta política a una estructura global excluyente. La propuesta de la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos, e iniciativas más recientes como el Tribunal Internacional del Sahel, reflejan la voluntad de los Estados africanos de asumir mayor control sobre los procesos de justicia.

Estos mecanismos buscan mayor sensibilidad a contextos locales, dinámicas políticas y formas propias de resolución de conflictos. Además, reducen la exposición a presiones externas que han condicionado el accionar de la CPI. Como argumenta Branch (2018), la justicia penal internacional nunca es políticamente neutral; la cuestión central es quién define sus prioridades y en beneficio de quién opera.

Hacia una arquitectura plural de justicia internacional

Los tribunales regionales pueden convertirse en una arquitectura alternativa capaz de complementar e incluso sustituir en ciertos contextos, a la CPI. Esta pluralización representaría una evolución del sistema hacia una justicia más equitativa.

Crear mecanismos propios no significa alejarse del ideal de justicia internacional, sino avanzar hacia una justicia verdaderamente universal e igualitaria, donde ninguna región reciba un trato desigual ni ningún Estado esté por encima de la ley.

No se trata de reemplazar ni fragmentar el derecho internacional, sino de democratizarlo: permitir que los pueblos del Sur Global participen como sujetos activos, que su historia, contexto y voz, tengan peso, autonomía y protagonismo.

La unión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) —órgano universal de la ONU— con tribunales regionales soberanos permitiría construir un sistema de justicia internacional legítimo, equitativo y representativo de las diversidades del mundo, donde la extraterritorialidad consensuada no se use para avasallar la soberanía.

Conclusiones

Ante su selectividad, politización y la creciente desconfianza regional, la CPI perdió legitimidad como tribunal universal. Su diseño institucional, adecuado para un mundo unipolar, no responde a las realidades de un sistema internacional diverso y multipolar.

Para el Sur Global, resulta razonable reforzar los mecanismos judiciales de la ONU y desarrollar estructuras regionales propias de justicia internacional. Lejos de socavar el derecho internacional, estas iniciativas contribuirían a su renovación, acercándolo al ideal fundacional de una justicia global auténticamente imparcial.

La justicia con raíces propias no es una utopía: es una necesidad histórica. Es hora de avanzar hacia un sistema de justicia internacional plural, legítimo, soberano —una justicia verdaderamente universal.


(*) Analista y asesor en asuntos internacionales. Secretario de Asuntos Internacionales del Frente Izquierda de Liberación y miembro de la asesora Comisión de Asuntos y Relaciones Internacionales del Frente Amplio - Uruguay.


Referencias

Branch, A. (2018). The African Court of Justice and Human and Peoples’ Rights in context. En K. Ambos & O. Maunganidze (Eds.), The African Criminal Court. Cambridge University Press. https://doi.org/10.1017/9781108525343.008

Godsin, M. (2025). ¿Corte Penal Internacional o Corte del chovinismo? El calvario de África con la CPI. https://sundayindependent.co.za/dispatch/2025-09-12-international-criminal-court-or-court-of-chauvinism-africas-ordeal-with-the-icc/

Lumumba, P. (1960). Patrice Lumumba’s last letter he sent to his wife. https://standard.gm/patrice-lumumbas-last-letter-he-sent-to-his-wife-shortly-before-his-eventual-murder/

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